CRITERIOS DE ARRAIGO TERRITORIAL
¿PUEDEN EXIGIRSE CRITERIOS DE ARRAIGO TERRITORIAL COMO UNA OBLIGACIÓN DEL CONTRATO?
Los criterios de arraigo territorial no pueden ser requisitos de solvencia ni tampoco criterios de adjudicación, pero SÍ se le puede exigir al adjudicatario (que no a los licitadores) como una obligación dentro del contrato.
En el caso planteado, no nos encontramos ante el arraigo territorial como criterio de solvencia ni como criterio de valoración, sino que, por el contrario, estamos ante una obligación que sólo será exigible si se resulta adjudicatario del contrato, no impidiendo que cualquier licitador pueda acceder en igualdad de condiciones.
"En este sentido, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en la Sentencia de 27 de octubre de 2005 (asunto C-234/03) señaló que la obligación de disponer de una oficina abierta en el lugar de prestación del servicio ya en el momento de presentación de la oferta,aunque la existencia de esta oficina se pudiera considerar adecuada para garantizar la prestación correcta del contrato, era manifiestamente desproporcionada y, en cambio, no existía ningún obstáculo para establecerla como una condición que se debe cumplir durante la ejecución del contrato, siendo suficiente en fase de adjudicación el compromiso firme de tenerla".
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