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CONTRATOS DE SERVICIOS EN INSTALACIONES DEPORTIVAS. CONVENIOS COLECTIVOS DE APLICACIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LOS COSTES LABORALES.

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Introducción. ¿Cuál es el problema?.  La elección y aplicación de un convenio colectivo en los cálculos del presupuesto base de licitación de un contrato no suele ser una cuestión pacífica. En esta  entrada  de mi blog  nos planteábamos, entre otras cuestiones, qué ocurría cuando  el convenio colectivo que aplica la empresa adjudicataria actual a sus trabajadores no coincide con el convenio colectivo que el órgano de contratación utiliza para calcular los costes salariales de la nueva licitación y, en ese caso, qué convenio tendría que aplicar la nueva adjudicataria. Una de las conclusiones a las preguntas que nos planteamos es que para el cálculo del presupuesto base de licitación y del valor estimado de un contrato, el órgano de contratación ha de tener en cuenta el convenio colectivo sectorial de aplicación. Pero, ¿ y si el contrato que se licita tiene como objeto parte del objeto de uno anterior y, además, en cuanto a la obligación de subrogar, los convenios colectivos no coinciden