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Mostrando entradas de febrero, 2020

¿ES POSIBLE ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA APORTANDO LAS FACTURAS DE LOS TRABAJOS O SUMINISTROS REALIZADOS?

Acuerdo 16/2020 de 25 de febrero del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, sobre Recurso Especial en Materia de Contratación correspondiente al contrato de "Suministro de varios medicamentos con destino a los servicios de farmacia de los centros dependientes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea" , mediante su división en lotes. Se propone la adjudicación del Lote nº 1 a la recurrente, requiriéndole para que durante el plazo establecido presente la documentación previa a la adjudicación. Finalizado el plazo de 10 días hábiles concedido, la Mesa de Contratación examina la documentación y acuerda solicitarle subsanación porque NO PRESENTA el pago del Impuesto de Actividades Económicas del año 2019, ni los certificados de los adquirentes para acreditar la solvencia técnica y profesional. Pasado dicho plazo, la Mesa acuerda EXCLUIR a la empresa porque NO PRESENTA LOS CERTIFICADOS DE LOS ADQUIRENTES PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESI

¿Cuál es la forma más rápida de perder un Recurso Especial en Materia de Contratación?

LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA NO SE APLICA SOLO A LAS LICITACIONES. TAMBIÉN ES OBLIGATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DEL R.E.M.C. Se interpone Recurso Especial en Materia de Contratación contra la adjudicación del SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN LAS DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVICIOS CENTRALES DEL SERVICIO CANARIO DE SALUD, en Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife. La licitación se tramita mediante procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD, con concurrencia de ofertas, por razones de urgencia y tramitación anticipada. Se invita a 5 empresas al procedimiento, no siendo ninguna de ellas la recurrente, motivo por el cual ésta interpone el recurso. Entiende la empresa que interpone el recurso contra la adjudicación del contrato que la aplicación del procedimiento NEGOCIADO SIN PUBLICIDAD contemplado en el art. 168 letra b) de la Ley 9/2017 no procede en esta licitación " en tanto en la resolución de adjudicación no se han expresado los motivos que hu